
Una mujer ganó una demanda histórica en Chile tras sufrir la obstrucción de un aborto legal. El fallo ordenó indemnizarla con más de 100 millones de pesos.
La justicia chilena dictó la primera sentencia civil favorable a una mujer que demandó a un médico por impedirle acceder a un aborto contemplado en la ley. El tribunal ordenó una indemnización de 100.275.000 pesos chilenos, equivalentes a poco más de 100.000 dólares, por incumplimiento de las obligaciones médicas y obstrucción ilegal del procedimiento.
El fallo, publicado el 23 de septiembre, marca un precedente para la protección de los derechos sexuales y reproductivos en Chile. La abogada Francisca Millán, representante de la demandante, destacó que la decisión establece responsabilidades para los profesionales de la salud cuando incumplen sus obligaciones de atención e información.
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En 2018, Catalina Pizarro, profesora de música y madre de un hijo, acudió a la Clínica Tabancura cuando tenía 12 semanas de embarazo. Los médicos detectaron en el feto un higroma cervical bilateral y posteriormente hidrops, condiciones que anticipaban su muerte durante la gestación.
Pizarro solicitó interrumpir el embarazo por la causal de inviabilidad fetal, contemplada en la Ley 21.030. Sin embargo, el médico Eduardo Carstens no realizó el procedimiento. El embarazo continuó hasta la semana 20, cuando murió el feto y la mujer necesitó una cesárea de emergencia.
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La ley chilena permite abortar bajo tres causales: riesgo para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y embarazo producto de una violación. Sin embargo, este caso evidencia que el reconocimiento legal no garantiza por sí solo el acceso efectivo al procedimiento.
El tribunal determinó que el médico incumplió sus obligaciones profesionales, no respetó los protocolos y entregó información errónea o tergiversada. Aunque el médico y la clínica negaron que Pizarro hubiera solicitado el aborto, la justicia consideró acreditadas las pruebas de la demandante. La sentencia todavía puede ser apelada.
La resolución abre un precedente para otras mujeres que enfrentan obstáculos similares. Como señaló Millán, los profesionales deben evaluar y comunicar los diagnósticos, pero no sustituir la decisión de la paciente.
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